La ya conocida estrategia de la Dictadura Militar Venezolana, consistente en tratar de estabilizar el abastecimiento oportuno de productos básicos a través de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), volvió a golpear la realidad económica y social del país. Mediante una resolución de la “Jefatura del Comando para el Abastecimiento Soberano”, se ordena a las empresas productoras del sector agroalimentario, de higiene personal y aseo del hogar vender un 50% de su producción a determinados entes públicos.
Llama la atención que, a pesar de la multitud de organismos públicos que hay en materia alimentaria, muchos de los cuales han quebrado, se prevean nuevos para atender este tema tan importante. Ello porque, después de meses de su previsión en una norma jurídica a mediados de mayo, aún no se ha dictado otra que realmente los regule.
Aunque su primera aparición pública fue el 3 abril de 2016 en un programa de televisión, en el que el Presidente de la República anunció su creación describiéndolos como una nueva forma de organización popular destinada a vencer la llamada “guerra económica”, este anuncio no vino acompañado de Decreto o Resolución alguno.
Para ver los CLAP en una norma jurídica hubo que esperar más de un mes, como ya Acceso a la Justicia explicó anteriormente, cuando se dictó el Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica N° 2.323 del 13 de mayo de 2016 en el que se les menciona solo 2 veces: la primera vez en el artículo 2, numeral 3, para indicar que el Ejecutivo puede dictar medidas para que haya la garantía, mediante los CLAP y la Fuerza Armada, “de la correcta distribución y comercialización de alimentos y productos de primera necesidad”; la segunda vez en el numeral 9 de ese mismo artículo al dársele a los CLAP, junto a las Fuerzas Armadas y otros cuerpos de seguridad, “funciones de vigilancia y organización” “para mantener el orden público”. Es decir, pareciera que el decreto parte del hecho de la existencia previa de los CLAP y les otorga estas importantes competencias.
Podemos decir entonces que al no estar creados en norma alguna, los CLAP carecen de “partida de nacimiento” y por tanto no se les deberían atribuir competencias.
Ahora bien, el decreto al que hemos hecho referencia ya no existe: ha sido sustituido por otro en que se vuelve a decretar la emergencia económica, el N° 2.452, donde apenas se menciona a los CLAP en cuanto al deber del Poder Ejecutivo de apoyar su labor, “a fin de priorizar y garantizar el acceso de los rubros estratégicos a la población”. Es decir, aparentemente se les quitaron las competencias en materia de orden público, pero se les continúa dando responsabilidad respecto a la seguridad alimentaria. Por ello debemos decir que en nuestro deteriorado Estado de Derecho, en que se omite cada vez más lo que establece la Constitución, esto es un adelanto, ya que era muy grave el que se les diera atribuciones en materia de orden público y seguridad a ciudadanos no identificados y orientados bajo la consigna de un pensamiento único.
Ahora nos encontramos con que los CLAP tendrán la capacidad de manejar la mitad de lo que se produce en Venezuela y más. Decimos “y más” porque incorpora erróneamente, también dentro del concepto de “producción”, a las importaciones, que no son producción propia sino externa. Con ello el gobierno reconoce que no ha sido capaz de crear más producción nacional y que se sigue dependiendo de las importaciones para abastecer el mercado local, como es fácil ver en los anaqueles de los mercados recientemente, donde predominan los productos foráneos, a precios también foráneos.
Al respecto surgen varias preguntas: ¿Es posible que el mismo Estado que creó Mercal, PDVAL, los Bicentenarios y otros sonoros fracasos, ahora va a garantizar nuestro alimento mediante unos CLAP que no están regulados en ninguna parte? La respuesta es tan obvia como la pregunta misma. ¿Por qué si el Ejecutivo quiere impulsar la producción nacional como ha dicho, obliga a quien produce a entregar esa producción a unos entes sin regulación clara, que no rinden cuentas, que no se sabe quiénes los conforman? ¿Cómo puede garantizar así que lo producido y lo importado llegue adonde tiene que llegar?
No le basta al Ejecutivo asumir poderes extraordinarios, y gobernar sin rendir cuentas al órgano legítimo ante el cual hacerlo como lo es la Asamblea Nacional (ni a nadie), sino que además nos muestra descaradamente su abuso de poder sin importarle la más mínima de las formas.
Y tú venezolano, ¿qué puedes hacer?
Cuando en un Estado, el primero que fomenta la anarquía y el abuso de poder es el Poder Ejecutivo, haciendo depender derechos fundamentales como la alimentación y la salud de entidades construidas en el aire, resulta necesario que los otros poderes públicos cumplan con su rol de limitar al Ejecutivo. Sin embargo, cuando ello tampoco ocurre somos los ciudadanos, con nuestra participación y denuncia activa los que debemos poner en evidencia los abusos de poder y poner de manifiesto que es necesario construir un sistema en el que haya verdaderas limitaciones al ejercicio de las potestades públicas. Los CLAP no son formas de manifestación de democracia participativa, son órganos políticos controlados por el gobierno, que responden a intereses partidistas como ha dicho innumerables veces el Ejecutivo Nacional.
Con información de www.accesoalajusticia.org
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