El abogado y profesor de Derecho Penal, Alberto Arteaga Sánchez, considera que la detención del Director de Seguimiento y Evaluación de la Presidencia de la Asamblea Nacional, Alejandro Puglia, es un grave disparate y horror penal, asegurando que quienes deberían estar presos son los que ordenaron su encarcelamiento.
Arteaga hizo el señalamiento en su artículo de opinión titulado “Volar un dron es delito”, difundido este lunes 12 de septiembre por el diario El Nacional. Allí el abogado penalista explica que existen principios básicos o elementales en derecho penal que nadie pone en duda.
“Se trata del principio de legalidad que exige que solo se puede castigar por hechos precisos descritos en la ley, sin que pueda aplicarse una norma penal a una conducta no prevista y, si estuviera descrita, dejar a un lado la sanción si existe una causa de justificación, de inculpabilidad u otra norma que excluya la responsabilidad penal”, señaló Arteaga.
Por ello cree que resulta absurdo, incomprensible e inaudito que se prive de la libertad a un ciudadano por un hecho intranscendente o no contemplado en la ley.
Explica que en nuestro país, hace unos días, Alejandro Puglia quedó privado de su libertad por volar un “dron”, hecho que fue calificado como de “favorecimiento bélico”, lo que supone que se haya incurrido en un delito grave, de traición a la patria, según el artículo 140 del Código Penal, supuesto que implica un atentado contra la soberanía, la independencia, integridad y seguridad exterior de la nación.
“Ahora bien, ese artículo 140, introducido en forma disparatada en la reforma de 2005 para sancionar a SÚMATE, ya no puede llamarse “favorecimiento bélico”, porque se eliminó la referencia a favorecer al adversario en tiempo de guerra y, por otra parte, resulta un disparate aceptar que hacer volar un “dron” para captar las imágenes de una manifestación pueda ser calificado como traición a la patria, ya que si ello fuese así, portar una cámara de fotografía, llevar un celular o cualquier otra conducta inocua y legítima podrá ser calificada como un delito de tal naturaleza, considerando que cualesquiera de estas conductas podría, según la interpretación absurda de la norma, ser calificada como de aparato tecnológico o apoyo logístico”, asegura Arteaga.
Continúa en su escrito afirmando, que “es tan grueso el error y tan grave y absurda la interpretación que la propia Fiscalía, sin la cual no puede sostenerse la acción penal, no estuvo de acuerdo con tamaño exabrupto según el artículo reformado que, inclusive, fue impugnado por el Fiscal Isaías Rodríguez ante el TSJ, por lo cual ese proceso, con el dictamen de la juez, tendría que contar con un fiscal “ad hoc” que –me imagino– será designado por el Gobierno “traicionado”, como salida para proseguir el proceso”.
Agrega que “no hay palabras supuestamente adecuadas para calificar lo ocurrido, pero no se trata de un asunto académico, sino que un ciudadano –Alejandro Puglia–, está preso por el descomunal disparate, siendo así que los presos deberían ser los que ordenaron su encarcelamiento”.
Finalmente, Arteaga hace referencia a que en las prisiones existe un numeroso grupo de personas detenidas de manera injusta. “Hoy en día, en nuestras cárceles, hay presos incomunicados, aislados, sometidos a tratos crueles por “asociaciones para delinquir” que no son tales, por supuesta legitimación de capitales con siembras de falsas evidencias, por enviar un “tuit” considerado ofensivo a los sentimientos de la colectividad, por “crear zozobra” en una sociedad angustiada por la irresponsabilidad del gobierno, por discursos políticos propios de una sociedad democrática o “lo que sea” bajo indicación del poder, dado que se ofendería la conciencia o la “ética” revolucionaria. Condenados a estudiar y a reparar las ofensas a las víctimas de tales desmanes deberían ser los autores y partícipes en tan graves horrores penales”.
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